¿Te han hablado del usufructo vitalicio o del usufructo universal en una herencia y no tienes claro qué significa cada uno? Es normal: ambos términos suenan parecidos, pero tienen implicaciones legales muy distintas.
En Kalma te explicamos de forma clara y sencilla la diferencia entre usufructo vitalicio y usufructo universal, cómo afectan a los herederos y qué derechos tiene la persona que los recibe. Además, te mostramos con ejemplos reales cómo se aplican en la práctica.
Qué es el usufructo vitalicio
El usufructo vitalicio es un derecho que permite a una persona usar y disfrutar de un bien durante toda su vida, aunque no sea su propietaria. Es muy habitual en herencias: por ejemplo, cuando alguien fallece y deja a su cónyuge el derecho a vivir en la vivienda familiar hasta su fallecimiento, aunque la propiedad pase a los hijos.
Diferencias entre usufructo vitalicio y otros tipos de usufructo: en este caso, lo que lo distingue es que no tiene plazo, sino que se mantiene mientras viva el usufructuario.
Quien tiene el usufructo vitalicio puede:
- Vivir en el inmueble.
- Alquilarlo y cobrar la renta.
- Ceder su uso a otra persona.
- No puedes vender ni hipotecar la vivienda (eso corresponde al nudo propietario), aunque sí puedes vender tu propio derecho de usufructo por separado.
Qué es el usufructo universal
El usufructo universal es el derecho a usar y disfrutar de todos los bienes de una herencia, no solo de uno. Es decir, en lugar de aplicarse a una vivienda concreta, el usufructuario tiene derecho sobre todo el patrimonio del fallecido: viviendas, cuentas bancarias, acciones, rentas, etc.
Diferencias entre usufructo vitalicio y usufructo universal: el universal es más amplio en su alcance, ya que afecta a todo el conjunto de bienes hereditarios, mientras que el vitalicio puede limitarse a un bien concreto.
Este tipo de usufructo también suele ser vitalicio (aunque no siempre), y se establece en testamentos donde el fallecido desea proteger especialmente al cónyuge viudo o pareja de hecho.
¿Qué diferencia hay entre el usufructo vitalicio y el usufructo universal?
La principal diferencia entre usufructo vitalicio y usufructo universal es que:
- El usufructo vitalicio da derecho a usar un bien determinado (por ejemplo, una vivienda).
- El usufructo universal da derecho a usar todos los bienes que componen una herencia.
Ambos pueden durar toda la vida del beneficiario, pero el alcance de los derechos es distinto.
Otras diferencias importantes:
Concepto | Usufructo vitalicio | Usufructo universal |
Bienes afectados | Uno o varios, concretos | Todos los bienes de la herencia |
Alcance | Limitado | Global |
Aplicación común | Vivienda habitual | Protección del cónyuge en testamentos |
Implicaciones para herederos | Menor complejidad | Mayor limitación hasta fallecimiento del usufructuario |
Valor económico | Se calcula sobre un bien concreto | Requiere valorar toda la herencia |
Qué implicaciones tiene para los herederos
El usufructo, tanto vitalicio como universal, limita el uso y la disposición de los bienes por parte de los herederosmientras viva el usufructuario.
Esto significa que:
- No pueden vender la vivienda sin el consentimiento del usufructuario.
- No pueden usar los bienes heredados libremente.
- Deben respetar el derecho de uso del usufructuario hasta que este fallezca o renuncie.
En el caso del usufructo universal, los herederos pueden quedar con muy poca capacidad de actuación real sobre la herencia durante muchos años.
Cuando el usufructuario fallece, el usufructo se extingue automáticamente y los herederos pasan a tener la plena propiedad, sin más trámite que inscribir el fallecimiento en el Registro de la Propiedad.
Cómo se valoran estos derechos en una herencia
El cálculo del usufructo de una vivienda incide en el valor total de la herencia. Por eso, en una herencia con usufructo, los herederos reciben la nuda propiedad, es decir, la propiedad sin derecho de uso hasta que el usufructuario fallezca.
La fórmula habitual para calcular el valor del usufructo es:
Valor del usufructo = 89 – edad del usufructuario (% sobre el valor del bien), con un mínimo del 10%.
Por ejemplo, si el usufructuario tiene 75 años y la vivienda vale 200.000 €, el usufructo valdrá un 14%: es decir, 28.000 €. Ese importe se resta del valor total de la herencia.
En el caso del usufructo universal, esta operación se aplica a todos los bienes del patrimonio.
Preguntas frecuentes sobre usufructo vitalicio y usufructo universal
¿El usufructo universal siempre es vitalicio?
Suele serlo, aunque no siempre. Lo habitual es que se establezca para toda la vida del usufructuario, pero podría limitarse a un plazo si así se pacta.
¿Qué limita más a los herederos?
El usufructo universal, porque afecta a todos los bienes de la herencia, no solo a uno. Los herederos pueden tener muy poca capacidad de actuación durante muchos años.
¿Se puede renunciar a un usufructo?
Sí. El usufructuario puede renunciar en cualquier momento, y la plena propiedad pasa automáticamente a los herederos. También es posible vender el derecho de usufructo por separado, aunque es poco habitual.
¿Qué diferencia hay si afecta a una vivienda o a toda la herencia?
Si afecta solo a una vivienda, es un usufructo vitalicio limitado a ese bien. Si afecta a todo el patrimonio del fallecido (viviendas, cuentas, acciones…), es un usufructo universal.
Aunque puedan parecer lo mismo, hay diferencias claras entre el usufructo vitalicio y el usufructo universal. El primero se aplica a un bien concreto y dura toda la vida del beneficiario; el segundo abarca todo el patrimonio del fallecido y tiene un impacto mayor en la herencia. Si tienes dudas sobre cuál aplica a tu caso, lo mejor es consultarlo con un notario o un abogado especializado en herencias.