¿Estás buscando una alternativa para complementar tus ingresos sin renunciar a tu vivienda? El alquiler vitalicio o venta con alquiler garantizado puede ser una opción interesante, especialmente para personas mayores que quieren asegurar su tranquilidad económica durante la jubilación.
A continuación, te explicamos en qué consiste este tipo de contrato, cómo se diferencia del usufructo, qué derechos garantiza y qué opciones existen para quienes desean obtener liquidez manteniendo el uso de su casa.
¿Qué significa alquiler vitalicio?
El alquiler vitalicio es un contrato de arrendamiento mediante el cual una persona cede el uso de una vivienda a cambio de una renta periódica y por el resto de su vida. A diferencia de un contrato de alquiler tradicional, no tiene una duración determinada: el arrendatario podrá vivir en el inmueble hasta su fallecimiento.
¿Es legal hacer un contrato de alquiler de por vida?
Sí, es perfectamente legal. El Código Civil permite establecer contratos con duración indefinida si ambas partes lo acuerdan. El contrato del alquiler vitalicio debe especificar que se trata de un arrendamiento vitalicio, lo que garantiza que el inquilino podrá vivir en la vivienda hasta su fallecimiento, siempre que cumpla con sus obligaciones (como el pago de la renta).
¿Qué derechos tiene el inquilino?
Los derechos del inquilino en un alquiler de por vida incluyen:
- Uso exclusivo de la vivienda, salvo que se pacte lo contrario.
- Estabilidad, ya que no puede ser desalojado mientras viva, si cumple con lo pactado.
- Posibilidad de inscribir el contrato en el Registro de la Propiedad, para mayor protección.
En resumen: la venta con alquiler vitalicio es una fórmula idónea para quienes deseen obtener una gran liquidez durante su jubilación mientras se quedan viviendo en su casa de siempre con todas las garantías legales.
Alquiler vitalicio vs usufructo vitalicio
Aunque pueden parecer similares, el alquiler vitalicio y el usufructo vitalicio tienen diferencias importantes que afectan a los derechos y obligaciones de ambas partes.
¿Cuál ofrece más garantías para el titular?
El usufructo vitalicio concede un derecho real sobre la vivienda, lo que implica mayor protección jurídica. Por ejemplo, el usufructuario puede decidir si vive en la casa o la alquila a otra persona, y el derecho puede inscribirse registralmente con efectos frente a terceros.
En cambio, el alquiler vitalicio es un derecho personal, sujeto a lo pactado con el propietario. Ofrece menor protección, pero es más flexible y sencillo de formalizar.
¿Y para el propietario?
Para el propietario, el alquiler vitalicio puede ser más atractivo si quiere mantener el control sobre el inmueble. En el caso del usufructo, pierde el uso y disfrute de la vivienda mientras dure el derecho.
¿Cómo funciona un contrato de alquiler vitalicio?
Los contratos de alquiler vitalicio deben estar claramente redactados y recoger los términos acordados entre arrendador y arrendatario. Suelen incluir cláusulas específicas para garantizar los derechos del inquilino hasta su fallecimiento.
Duración, renta y cláusulas típicas
- Duración: se establece como vitalicia. Finaliza con el fallecimiento del arrendatario.
- Renta: puede ser fija o revisable según el IPC. En ocasiones, se pacta una cantidad simbólica.
- Cláusulas: pueden contemplar la obligación del arrendador de mantener el inmueble en condiciones, la imposibilidad de rescisión unilateral, o incluso la condonación de la renta en determinados supuestos (como dependencia reconocida).

¿Puede venderse una vivienda con alquiler vitalicio?
Sí, pero el comprador deberá respetar el derecho de uso del inquilino hasta su fallecimiento, siempre que el contrato esté correctamente formalizado. Para proteger este derecho, es recomendable inscribir el contrato en el Registro de la Propiedad.
¿Puede un usufructuario alquilar una vivienda?
Cuando una persona tiene el usufructo vitalicio de una vivienda, es decir, el derecho a usarla y disfrutarla de por vida, también puede alquilarla a un tercero y recibir la renta correspondiente.
¿Necesita el consentimiento del nudo propietario?
En general, no necesita consentimiento, ya que el usufructuario tiene derecho a disfrutar del bien como considere. Sin embargo, al finalizar el usufructo (por fallecimiento), los derechos del arrendatario se extinguen, y el nudo propietario recupera la plena propiedad del inmueble.
Venta con alquiler vitalicio: una fórmula alternativa
Una modalidad que combina aspectos de ambos mundos es la venta con alquiler vitalicio garantizado. En este caso, la persona mayor vende la nuda propiedad de su vivienda y firma un contrato que le garantiza el uso de la casa durante el resto de su vida mediante un alquiler vitalicio pactado.
Esta fórmula permite al propietario:
- Obtener liquidez inmediata sin recurrir a préstamos.
- Seguir viviendo en su casa, pagando un alquiler reducido o simbólico.
- Evitar deudas o compromisos financieros, ya que no se trata de una hipoteca.
Preguntas frecuentes sobre el alquiler vitalicio
¿Qué pasa si el inquilino fallece antes?
El contrato se extingue automáticamente con el fallecimiento. No genera derechos hereditarios, salvo que se haya pactado otra cosa expresamente.
¿Se puede rescindir un contrato vitalicio?
Solo si ambas partes están de acuerdo o si el inquilino incumple sus obligaciones (por ejemplo, dejar de pagar la renta). De lo contrario, el arrendador debe respetar el contrato hasta el fallecimiento del inquilino.
¿Cómo tributa en el IRPF?
El arrendador deberá declarar los ingresos obtenidos por el alquiler como rendimientos del capital inmobiliario. El arrendatario, en principio, no tributa por el hecho de vivir en la vivienda, salvo que haya contraprestaciones adicionales.
Conclusión
El alquiler vitalicio es una fórmula legal y viable que ofrece estabilidad a personas mayores y una alternativa real para obtener ingresos sin tener que dejar su casa. Aunque presenta menos protección que el usufructo, es una opción más flexible y sencilla de formalizar.