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Complemento por hijos: quién puede pedirlo y cuánto se cobra

  • hace 1 año
“complemento por hijos en la pensión”

¿Tienes hijos y estás a punto de jubilarte? ¿Ya cobras una pensión y has oído hablar del complemento por hijos? Este complemento económico, pensado para reducir la brecha de género en las pensiones, puede suponer una ayuda mensual muy importante.

En este artículo te explicamos qué es, quién puede pedirlo, cuánto se cobra y cómo se solicita. ¿Eres un hombre? Pues sigue leyendo porque también puedes beneficiarte.

¿Qué es el complemento por hijos en la pensión?

El complemento por hijos en la pensión es una cantidad extra que se añade a la pensión de jubilación, viudedad o incapacidad, y que se concede por cada hijo o hija que haya tenido o adoptado la persona beneficiaria.

Su objetivo es compensar el impacto que suele tener la maternidad o la paternidad en las carreras laborales, y con ello reducir la brecha de género en las pensiones.

Qué pensionistas pueden solicitarlo.

Pueden acceder al complemento por hijos en la pensión las personas que:

  • Se jubilen a partir del 4 de febrero de 2021.
  • Empiecen a cobrar una pensión contributiva (de jubilación, viudedad o incapacidad permanente).
  • Hayan tenido o adoptado uno o más hijos.

El complemento se puede añadir a estas tres pensiones contributivas:

  • Pensión de jubilación (ordinaria o anticipada, si es voluntaria o involuntaria).
  • Pensión de viudedad.
  • Incapacidad permanente (en cualquiera de sus grados).
“complemento pensión por hijos 2024”

Qué requisitos deben cumplir las mujeres y los hombres

Para recibir el complemento por hijos en la pensión en 2024, debes:

  1. Ser titular de una pensión contributiva reconocida desde el 4 de febrero de 2021 en adelante.
  2. Haber tenido o adoptado uno o más hijos inscritos en el Registro Civil.
  3. En caso de hombres, demostrar perjuicio laboral derivado de la paternidad (reducción de jornada, paro, etc.).

Cuánto se cobra por hijo y cuál es el máximo

En 2026, el importe del complemento por hijos es de 36,90 € mensuales por hijo, con un máximo de cuatro hijos.

Nº de hijos

Importe mensual

Importe anual (14 pagas)

1 hijo

36,90 €

516,60 €

2 hijos

73,80 €

1.033,20 €

3 hijos

110,70 €

1.549,80 €

4 hijos

147,60 €

2.066,40 €

Este importe se paga en 14 pagas, se actualiza cada año y no tributa en el IRPF. Si ambos progenitores cumplen los requisitos, solo uno de ellos puede recibirlo — por defecto se reconoce a la madre, salvo que se demuestre mayor perjuicio en el otro.

Cómo se solicita el complemento por hijos

¿Dónde presentar la solicitud?

El complemento por hijos se solicita junto con la pensión. Si ya estás jubilado y no lo pediste, puedes solicitarlo de forma separada.

Puedes hacerlo:

  • En las oficinas del INSS con cita previa.
  • Por internet, desde el portal de la Seguridad Social (con certificado digital o Cl@ve).
  • A través de un representante legal si no puedes gestionarlo tú.

¿Qué documentos hay que aportar?

Los documentos necesarios para solicitar el complemento por hijos son:

  • Libro de familia o certificado de nacimiento/adopción.
  • En caso de hombres, documentación que acredite perjuicio laboral tras el nacimiento/adopción (vida laboral, certificados de paro, etc.).
  • Solicitud cumplimentada (disponible en la web del INSS).

Qué diferencia hay con el antiguo complemento de maternidad

Antes de 2021 existía otro complemento, llamado complemento de maternidad, que se aplicaba exclusivamente a mujeres que hubieran tenido dos o más hijos y se jubilaran entre 2016 y 2021. Ese complemento fue reemplazado por el actual tras varias sentencias que lo consideraron discriminatorio por excluir a los hombres.

Característica

Antiguo complemento de maternidad

Complemento por hijos actual

Aplicación

Solo mujeres

Mujeres y hombres

Número mínimo de hijos

Dos o más

Uno o más

Cuantía

% sobre la pensión (5%-15%)

33,20 €/mes por hijo (fijo)

Compatibilidad con otros

Acumulable

No compatible con el anterior

Fecha de aplicación

2016 – febrero 2021

Desde febrero 2021 en adelante

Preguntas frecuentes sobre el complemento por hijos en la pensión

¿Se aplica a pensiones mínimas o no contributivas?

  • , si tu pensión es contributiva pero de importe bajo, puedes recibir el complemento y además el complemento a mínimos.
  • No, si estás cobrando una pensión mínima de jubilación de carácter no contribituvo, este complemento no se aplica.

¿Cuenta para el IRPF?

No. El complemento no tributa en el IRPF. Se considera una mejora social y está exento de tributación.

¿Qué ocurre en caso de divorcio o custodia compartida?

  • Si hay divorcio, se reconoce el complemento a quien tenga la pensión y cumpla los requisitos, independientemente de la custodia.
  • En casos de custodia compartida, se analiza individualmente el caso para determinar si alguno de los progenitores tuvo un perjuicio laboral mayor.

¿Cómo saber si me están pagando el complemento por hijos?

Para comprobar si estás recibiendo el complemento por hijos en la pensión, puedes revisar la resolución de concesión de tu pensión emitida por el INSS. En ese documento debe aparecer de forma desglosada el importe del complemento, especificando la cantidad que se abona por cada hijo reconocido.

Si no aparece reflejado y crees que te corresponde, puedes solicitar su revisión presentando una reclamación administrativa.

¿Se puede reclamar el complemento por hijos con carácter retroactivo?

Sí. Si te jubilaste a partir del 4 de febrero de 2021 y no solicitaste el complemento por hijos, puedes reclamarlo ahora y, si te lo reconocen, cobrarás los atrasos desde la fecha en la que empezaste a recibir la pensión.

Desgraciadamente, no se puede solicitar si la pensión se reconoció antes de esa fecha. Tampoco si ya se percibía el antiguo complemento de maternidad

¿Se aplica el complemento por hijos en el caso de la pensión de viudedad?

Sí, el complemento por hijos (ahora llamado “complemento para la reducción de la brecha de género”) se aplica en el cálculo de la pensión de viudedad, pero con algunas condiciones.

¿Quién no puede acceder al complemento por hijos?

No pueden solicitarlo los pensionistas cuya pensión fue reconocida antes del 4 de febrero de 2021, las personas que reciben pensiones no contributivas, ni quienes ya estén cobrando el antiguo complemento de maternidad (no son acumulables).

El complemento por hijos en la pensión es una ayuda económica importante que reconoce el impacto de la crianza en la trayectoria profesional. Aunque inicialmente fue dirigido a mujeres, en 2024 también los hombres pueden solicitarlo, si demuestran perjuicio en su carrera

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